Editorial 42: Desafío de la abogacía en el marco de la nueva cultura legal

Por: María Elena Vizcaychipi

“Lo imposible resultaría posible y al mismo tiempo, de una vez, todo se transfiguraría. No es posible volver atrás”. Albert Camus

Entendemos por Nueva cultura legal el proceso cultural nacido a raíz de los cambios que vienen ocurriendo en los diferentes ámbitos sociales. 

En ese contexto, el ejercicio de la abogacía requerirá, cada vez más, agilidad, adecuación y no detenerse en el pasado, salvo lo estrictamente necesario. Y, consecuentemente, tomar conciencia y adoptar una actitud profunda. 1

El desafío, dramático y urgido, es encontrar las nuevas tareas que plantea un auténtico quehacer, el más elevado o más valioso de nuestra profesión.

Ello por cuanto la realidad total que es nuestra vida ha aumentado prodigiosamente. Y nos exige el cumplimiento de otras misiones que las primitivas y mediante un modo de actuación diferente.

Tenemos que identificar y delimitar esas nuevas misiones. Estamos obligados a repensar y reinstalar nuestro cometido, para afrontar una situación incomparablemente mas compleja a la precedente y a todas las anteriores. Será fundamental una mirada interdisciplinaria, para comprender la agenda de nuestro tiempo, que incluye renovadas sino nuevas cuestiones de salud, ambiente, relaciones internacionales, administración de justicia, economía, inteligencia artificial.

Saber aceptar la ley de las variaciones; descubrir entre opuestas transiciones, cambios y recomposición en la tabla de valores, una sociedad nueva que se halla en dinámico equilibrio.

Que plantea a los abogados una nueva forma de vida social, más comprometida con el respeto de los derechos individuales y colectivos. Igualmente el estamento judicial tendrá que prepararse para asumir un protagonismo mucho más intenso que el que ha tenido hasta ahora . Habra que revisar y repensar el rol de la abogacía en una sociedad en constante transformación, donde la mayor de las problemáticas a abordar es la regulación de la inteligencia artificial en los diferentes campos de actuación.

La nueva cultura legal entiende que los que empujan el cambio son principalmente los clientes acostumbrados a vivir con logicas y practicas del siglo XXI. Los organismos judiciales y los que actuan en consecuencia no pueden desoir estas cuestiones y estan obligados a su correcta y responsable implementacion.

Habra que cuestionarse cuales son las fuentes del derecho del mundo actual, en un mundo que cambia de forma acelerada e imprevisible; en un mundo que esta viviendo al mismo tiempo la revolucion sociologica, la economica, la politica y por sobre todo la tecnocientifica.

Por estas razones debemos estar atentos a la rapidez de la operación de los medios de informacion, el desarrollo personal, la afirmacion de la identidad cultural, el fortalecimiento de la democracia, el avance de la educacion y la profundizacion del entendimiento mutuo.

No podra hacerse abogacia sin pensar en la nueva cultura legal.

Resultara sumamente importante el apego estricto a los valores y principios morales. Una abogacía congruente con las creencias, las decisiones y las acciones.


Bibliografía

La nueva cultura legal es un proceso cultural que nace a raíz de los cambios que se vienen presenciando en los diferentes ámbitos de la sociedad.

Nace con los Millennials y la Generación Z. Las generaciones antecesoras se están adaptando a estas nuevas formas de entender la sociedad. Como todo proceso, implica cambios a nivel educativo, institucional, organizacional y profesional. “El concepto de cultura, tal como es utilizado en la investigación sociológica, tiene un significado mucho más amplio que el se le da comunmente. En el uso convencional, la cultura se refiere a las cosas “más elevadas” de la vida: pintura, musica, poesía, escultura, filosofía; el adjetivo culto es sinónimo de cultivado o refinado. En sociología, la cultura se refiere a la totalidad de lo que aprenden los individuos en tanto miembros de la sociedad; es una forma de vida, un modo de pensar, de actuar, de sentir. La vieja pero todavía muy citada definición de Tylor (1871), indica su extensión: “Cultura es todo complejo que incluye al conocimiento, las creencias, el arte, la moral, el derecho, las costumbres y cualquier otra capacidad y habito adquirido por el hombre en cuanto que es miembro de la sociedad”. Debido a que nuestra cultura es en gran medida parte de nosotros mismos, la damos por supuesta, creyendo con frecuencia que es una característica normal, inevitable e inherente a toda la humanidad. Vizcaychipi, Maria Elena, Anuario de Bioética y derechos humanos. Instituto Internacional de derechos humanos, Capitulo para las Américas-ONU-. Pág 303. 2020.