Editorial 33: Simplificar procesos en aduana, uno de varios pasos

Víctor Murillo Ordóñez

Magíster en Derecho del Comercio Internacional


A escala mundial, 78 países hoy en día son parte de una importante red comercial que permite el ingreso y salida temporal de bienes de capital para diversos fines con un proceso expedito. Se trata de los Cuadernos ATA (Admission Temporaire/Temporary Admission). El último reporte publicado por la Organización Mundial de Aduanas el 21 de octubre de 2013, daba cuenta de 63 partes contratantes, a partir de dicha fecha se han sumado territorios hasta alcanzar el número actual.1

Se trata de una herramienta para facilitar el ingreso temporal de bienes libres de tributos, amparada en la Convención Aduanera sobre el Cuaderno A.T.A. para la admisión temporal de mercancías de 1961 (en adelante “la Convención”), suscrita bajo el auspicio del Consejo de Cooperación Aduanera y las Partes Contratantes del Acuerdo General de Aranceles Aduaneros y Comercio, es decir, los inmediatos predecesores de las actuales Organización Mundial de Aduanas y Organización Mundial del Comercio, respectivamente.

Ahora bien, los Cuadernos ATA funcionan de la misma forma que un documento de viaje para una persona, pero para una maquinaria o equipo identificable. El cuaderno lo emite una Sociedad Garantizadora, autorizada por las respectivas aduanas de cada país, las cuales deben formar parte de una cadena internacional de este tipo de sociedades. En cada país que se incluye en este sistema se constituye la figura de la Sociedad Garantizadora. De esta forma, el cuaderno vigente por un año, permite que las maquinarias o equipos crucen las fronteras de los países que son parte de la red sin el pago de tributos.

La Convención prevé que el proceso debe ser electrónico y su articulado procura la sencillez del proceso, aunque cada país puede establecer ciertas particularidades como por ejemplo, las reglas para reponer un cuaderno robado o perdido.

Pero ¿por qué agregar esta figura haría más sencillas las cosa en Ecuador? Pues bien, además de la experiencia de otros países donde ya funciona, resulta que el proceso de admisión temporal actual ante la aduana de Ecuador requiere inspecciones, varios documentos, trámites largos y garantías específicas susceptibles de multa en caso de renovación tardía.

Además, la admisión temporal de maquinaria para obras y servicios públicos requiere que en el contrato correspondiente consten los bienes que se va a importar temporalmente, más los procesos de inspección y otras reglas rígidas que aumentan el tiempo y encarecen los procesos. Así sube el costo de la obra y los servicios públicos para todos los ecuatorianos, recursos extraídos de los usuarios para pagar la ineficiencia de los procesos.

Entonces, por qué el Ecuador no ha ingresado en un sistema más sencillo, ágil y con menos costo. La respuesta está en la propia idiosincrasia burocrática, así por ejemplo, el Cuaderno ATA en Estados Unidos proveen más ventajas y flexibilidad que lo que el propio convenio prevé (United States Council for International Business 2021), en tanto que en México una prórroga de plazo requiere presentar documentos traducidos y apostillados en varios ejemplares, tanto del cuaderno ATA original como del sustito en el cual se extiende el plazo de vigencia2.

Entonces, no es suficiente firmar el Convenio para aplicar los Cuadernos ATA en Ecuador, para que el proceso sea sencillo es necesario que nuestras autoridades también lo apliquen bajo la misma lógica de facilitación del comercio, lo cual se traduce en libertad para trabajar y hacer negocios, es decir, en mejores oportunidades para todos. 

Como epílogo necesario cabe mencionar que Perú y Colombia están en el camino para implementar los Cuadernos ATA, Colombia ya un poco más adelante en el proceso. El dato interesante aquí es que, para la aplicación de los Cuadernos ATA, los países que formen una unión aduanera pueden ser vistos como un único territorio. Si bien la CAN nunca alcanzó este deseado nivel de integración, sí que puede, mediante una Decisión de su Comisión, facilitar que las mercancías admitidas bajo un Cuaderno ATA en un País Miembro, puedan circular en el territorio comunitario. En síntesis, lo que se requiere es voluntad.

Al igual que este paso, hay varios otros, como le dejé entrever en el título de este artículo, tales como los operadores económicos autorizados, reducción de requisitos innecesarios en general, despacho con formalidades reducidas con regularización posterior, declaraciones de exportación reemplazadas por la factura electrónica para envíos de hasta ciertos montos; un esquema fácil y sencillo para las actuales Zonas Especiales de Desarrollo Económico, las que en cualquier otra parte del mundo se llaman Zonas Francas, entre tantas otras tareas que siguen pendientes, mientras el resto del mundo sigue adelantándose.


Referencias 

Cámara Internacional de Comercio (28 de mayo de 2021). ATA Carnet in your country. Recuperado el 28 de mayo de 2021 de https://iccwbo.org/resources-for-business/ata-carnet/ata-carnet-country/#1485179641936-992d7e6c-b712

Convención Aduanera sobre el Cuaderno A.T.A. para la admisión temporal de mercancías. Bruselas el 6 de diciembre de 1961. 

Organización Mundial de Aduanas (21 de octubre de 2013). POSITION AS REGARDS RATIFICATIONS AND ACCESSIONS [Archivo formato PDF]. http://www.wcoomd.org/en/topics/facilitation/instrument-and-tools/conventions/pf_ata_system_conven.aspx 

United States Council for International Business (28 de mayo de 2021). Obtaining and Using a U.S. Carnet. Recuperado el 28 de mayo de 2021 de https://www.uscib.org/ata-carnet-faqs-ud-1675/#us4 

Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México (28 de mayo de 2021) Cuaderno ATA el pasaporte de las mercancías. Información Oficial Tramite de Prórrogas Cuadernos ATA Extranjeros. Recuperado el 28 de mayo de 2021 de http://www.carnet-ata.org/index.php/que-es-carnet-ata/14-prorrogas

Bibliografía 

Decreto Ejecutivo 758 del 6 de mayo del 2011. Por medio del cual se expide el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones. Suplemento al Registro Oficial Nro. 452 del 19 de mayo de 2011. Con sus reformas hasta el 19 de mayo de 2021. 

Resolución No. SENAE-DGN-2012-0339-RE del 15 de octubre de 2012 [Servicio Nacional de Aduana del Ecuador]. Por la cual se expiden las Regulaciones complementarias para el régimen de admisión temporal para reexportación en el mismo estado. Registro Oficial Nro. 826 del 8 de noviembre de 2012. Con sus reformas hasta el 6 de septiembre de 2019. 1     Cámara Internacional de Comercio 2021 2     Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de      México 2021